El objetivo de esta publicación semanal es el de aclarar las dudas que nos soléis hacer llegar a Gipuzkoautonomo a cerca de si es compatible ser trabajador por cuenta ajena y a su vez establecerse como autónomo.
Comenzamos aclarando que es totalmente compatible el cotizar a la vez en dos regímenes diferentes en la Seguridad Social, es lo que se conoce como estar en pluriactividad. Este tiene repercusión en tu cuota de autónomo, pasamos a explicar los puntos más importantes.
1-Los autónomos que ya tienen derecho a la Incapacidad Temporal en otro Régimen de la Seguridad Social, pueden optar a no hacerlo en el RETA (Régimen General de Trabajadores Autónomos), pagará el 26.6% de la base de cotización en vez de un 29.8%.
2-Hasta el 30 de Abril, se puede solicitar una devolución por ingresos a la Seguridad Social cuando se haya cotizado por más de 12368.23€ entre los dos regímenes. Se nos devolverá el exceso de esa cantidad con el límite del 50% sobre las cuotas ingresadas por contingencias comunes.
3-Respecto a la jubilación, si el trabajador no está de alta o situación asimilada en alguno de los dos regímenes en ese momento, deberá acreditar cotizaciones en cada uno de ellos al menos de 15 años.
Si no se causa pensión en uno de ellos, las bases de cotización podrán acumularse en el régimen que si cause pensión. Solo será para determinar la base reguladora de la misma, sin que la suma de bases pueda exceder el límite de cotización vigente en ese momento.
Respecto a la cuota de autónomos se pueden dar 3 situaciones, vamos a explicarlas.
1-Bonificación por pluriactividad: Lo primero de todo que hay que aclarar y consideramos muy importante, es que se trata de una reducción, se está cotizando por una base de cotización inferior a la mínima, y ya sabemos que algunas prestaciones se pagaran en función a la misma.
Para aprovecharla debe de ser la primera vez nos demos de alta como autónomos, y es incompatible con cualquier otra bonificación o reducción establecida para fomentar el autoempleo.
Si se trabaja por cuenta ajena a jornada completa:
La reducción en la base mínima de cotización será del 50% durante los primeros 18 meses(cotizamos por unos 450€), lo que da a lugar a que se paga aproximadamente la mitad de la cuota de autónomos.
Durante los 18 meses siguientes la reducción será del 25%.
Si se trabaja por cuenta ajena a media jornada:
Habrá que estar cotizando por más de 20 horas semanales.
La reducción es del 25% los primeros 18 meses y del 15% los 18 siguientes.
2-Disfrutar de la tarifa plana:
El requisito es no haber estado de alta como autónomo en los últimos 5 años.
A diferencia de la bonificación por pluriactividad, aunque se pague menos se cotiza por la base minima, sin reducciones (cotizamos por 893.10€), por lo que no se verían afectadas determinadas prestaciones en caso de tener que percibir alguna de ellas.
Los primeros seis meses se paga una cuota fija de 50 € mensuales, ahorrándonos más de 200€ al mes.
Los siguientes 6 meses pagamos la mitad de la cuota de autónomos. (bonificación del 50% de la cuota)
Los siguientes 6 meses tendremos una bonificación del 30%.
Dispondríamos por tanto de 18 meses con bonificaciones.
Además, si somos menores de 30 años, o de 35 en el caso de las mujeres, tendremos 12 meses más la bonificación del 30%. (Un total de 30 meses bonificados)
3-Si no cumplimos los requisitos de ninguna de las dos opciones deberemos pagar el total de la cuota de autónomos.
En el caso de poder optar a las dos, desde Gipuzkoautonomo recomendamos:
Optar por la de pluriactividad cuando se sabe que va a ser una actividad a largo plazo, que va a ser continuada en el tiempo. En cambio, si se tiene incertidumbre sobre la duración que va a tener nuestra actividad como autónomo, no será más beneficioso optar por la tarifa plana.
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