Aunque este año ha tardado más de lo normal, ya está abierto el plazo de una de las principales subvenciones a las que acogerse cuando se emprende, sobre todo si la actividad se encuentra en Donostia.
Cómo sabéis cada vez hay menos subvenciones a la hora de emprender, y además año tras año van aplicando filtros que hacen que más gente se vaya quedando fuera, y aunque es un dinero con el que no hay que contar a la hora de abrir un negocio, es un empujón que viene de maravilla en el primer año de actividad.
Para poder optar a esta ayuda, es necesario cumplir una serie de requisitos:
El domicilio de la actividad debe de estar en Donosti
Alta inicial en Hacienda y Seguridad Social entre 01/01/23 y 31/12/2023.
No haber realizado la misma actividad por cuenta propia en los 6 meses anteriores a la solicitud.
Aportación de un Plan de Viabilidad de la actividad: Este punto es la principal novedad, hasta ahora si no se ha realizado el curso para emprendedores que da Fomento, bastaba con acreditar experiencia en el sector en el que se emprende, mediante la vida laboral por ejemplo, ahora ya esto no es así.
Cuantía: La ayuda parte de una base de 1.500€.
Incrementos:
Mujeres emprendedoras / Menores de 35 años o mayores de 45 años: 150€
Locales a pie de calle ubicado en Zona Este de la ciudad: 500€
Locales en alquiler o hipotecados: 2.000€
Locales en reforma: hasta 7.000€ (Adjuntando facturas y justificantes)
Gastos Subvencionables: (Desde 2 meses antes del alta hasta 12 meses posteriores al alta)
Gastos para la constitución de la empresa.
Gastos de obra y reacondicionamiento de inmuebles.
Traspasos de negocios.
Gastos de formación relacionados a la actividad
Cuotas de autónomos.
Gastos de comunicación: publicidad, diseño de páginas web, diseño de redes sociales.
Los gastos de arrendamiento de local.
Inversiones afectas a la actividad económica.
**No se tendrán en cuenta aquellas facturas de importe inferior a 100 euros de base imponible.
** Solo se admitirán justificantes de pagos realizados con tarjeta o transferencia bancaria**
Justificación: En caso de concesión, se deberá realizar la justificación al año del inicio de la actividad, todo ello mediante facturas y justificantes de pago. Esto se realizará a los meses de tener la subvención concedida y una vez se haya terminado el plazo subvencionado.
Desde Gipuzkoautonomo esperemos que os sea de utilidad esta información, si véis que cumplís con los requisitos no dudéis en solicitarla, puesto que luego es más difícil optar a subvenciones. Si tenéis cualquier duda al respecto poneros en contacto con nosotros y os ayudaremos en lo que sea necesario.
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