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Subvención para emprendedores

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Anualmente desde Lanbide se suele publicar una subvención para consolidar proyectos emprendedores que han iniciado recientemente. Desde hace unos días ya se puede solicitar, y mediante esta publicación os resumimos los puntos más importantes.

Beneficiarios

Empresario individual o autónomo, las sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas.

Requisitos

Estar empadronado en el País Vasco

Haber iniciado la actividad entre el 31 de Octubre de 2020 y la fecha de solicitud de la subvención. (Se deberá mantener al menos 10 meses de alta desde el momento de la concesión)

Estar como desempleado e inscrito en Lanbide en el momento de alta como autónomo.

Estar al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social.

No haber solicitado otra ayuda de la misma naturaleza que está a otra entidad.

Plazo de solicitud

Hasta el 29 de Octubre de 2021

Es necesario señalar que esta ayuda se concede según orden de registro hasta agotar presupuesto, por lo que, poneros en contacto lo antes posible con nosotros para realizar la solicitud.

Gastos subvencionables

1.      Los gastos derivados del arrendamiento del local.

2.      Gastos de gestoría y asesoramiento fiscal, laboral, contable, jurídico o administrativo.

3.      Cuotas relativas al Régimen Especial de personas trabajadoras autónomas. 

4.      Gastos de publicidad: Campañas de publicidad (Facebook) y mantenimiento/diseño de páginas web.

5.      Gastos de comunicación: Rotulación de establecimiento e iluminación en rótulos y diseño

6.      Gastos de formación realizados por la persona solicitante.

Periodo subvencionable y cuantía individual de las ayudas

              -La cuantía de la ayuda por persona beneficiaria será de 2.500€. (15% más si se es menor de 30 años o si se es mujer)

 

- Los gastos de arrendamientos, asesoría y cuotas de autónomos serán subvencionables los correspondientes a los 10 meses posteriores a la concesión de la ayuda.

 

- Los demás gastos serán subvencionables los devengados y pagados desde el día del inicio de la actividad hasta los 10 meses posteriores a la concesión de la ayuda.

 

A continuación dejamos el link con las bases de la subvención.

https://www.lanbide.euskadi.eus/general/-/ayuda_subvencion/2021/apec_2021/

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