Los autónomos podemos desgravarnos los gastos de nuestra actividad, siempre que estén vinculados a la misma, estén justificados y estén registrados en la contabilidad. El segundo requisito que hace mención a que deben de estar justificados es el objeto de esta publicación.
En Guipúzcoa no podemos desgravarnos ningún ticket, debe de estar justificado el gasto mediante factura simplificada o factura completa. Existe una creencia generalizada de que se pueden deducir los tickets, pero no son válidos por falta de información, por ejemplo el CIF del autónomo que está pagando por ese producto o servicio.
Estas facturas nos sirven de garantía de los derechos como contribuyentes y consumidores, no solo son un justificante frente a hacienda como muchos creen, también lo son frente a posibles reclamaciones de terceros. Para deducir los tickets el autónomo solo tiene una manera, y es con el 10% de la diferencia anual entre ingresos y gastos, por concepto de amortización, provisión y gastos de difícil justificación
Las empresas y/o profesionales estarán obligados a darnos una factura simplificada siempre que la solicitemos, para que puedan ser deducibles deben aparecer la siguiente información:
1-Numeración de las facturas simplificadas
2-La fecha de expedición de las facturas
3-Número de identificación fiscal, nombre y apellidos, razón o denominación social del emisor
4-Tipo de impositivo aplicado / Mencionar expresamente si está exenta de impuesto con la referencia normativa correspondiente.
5- Identificación de los productos/ servicios prestados
6- Contraprestación total
Desde Gipuzkoautonomo recomendamos siempre coger el hábito de pedir siempre factura en los gastos que tenemos para el desarrollo de nuestra actividad para poder desgravárnoslos de la manera correcta.
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